DIRECCION DE ORDENACION Y MANEJO INTEGRAL
LICENCIA DE PESCA DE COJINÚA

DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE :

Por Primera vez

  • Poder otorgado a abogado y solicitud de la Licencia de Cojinúa.
  • Llenar el formulario de solicitud de la Licencia de Cojinúa.
  • Cuatro balboas (B/.4.00) en concepto de timbre fiscales.
  • Patente de Navegación Vigente.
  • Certificado de Paz y Salvo de la Nave.
  • Fotocopia de la cédula del propietario de la nave.
  • Si es persona jurídica, debe presentar la vigencia mediante certificación del Registro Público.
  • Recibo de pago de los derecho de la licencia de cojinúa.

Renovación:
Presentar fotocopia del permiso de pesca de cojinúa anterior y toda la documentación arriba mencionada

PERÍODO DE VALIDEZ
La Licencia de Pesca de Cojinúa será valida por espacio de un año a partir de su expedición

LUGAR DE EXPEDICIÓN
Dirección de Ordenacion y Manejo integral o en las Oficinas Provincial.

HORARIO DE ATENCIÓN
8:30 a.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernesº

DERECHO DE LICENCIA (COSTOS)
Las naves que se dediquen a la Pesca de Cojinúa en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá, deberán pagar por adelantado, en concepto de derecho por la licencia, la suma de Dos balboas (B/. 2.00) por cada tonelada de Registro Bruto (TRB) si se tratase de naves construidas en el país y de Veinte balboas (B/. 20.00) por cada tonelada de Registro Bruto (TRB) si fuesen naves construidas en el extranjero.
INFRACCIÓN
Cualquier infracción cometida, será sancionada por el Director General de Recursos Marinos y Costeros de acuerdo a lo establecido en el Artículo 297 del Código Fiscal

FUNDAMENTO LEGAL
Decreto Ejecutivo Nº 89 de 17 de julio de 2002, “por medio del cual se dictan medidas para reglamentar la pesca de Cojinúa, Dorado y Doncella y Pajarita en las aguas Jurisdiccionales de la Republica de Panamá.”