DIRECCIÓN DE ORDENACIÓN Y MANEJO INTEGRAL
LICENCIA DE PESCA INTERNACIONAL

DOCUMENTOS QUE DEBEN PRESENTARSE:

  • Deberá comprobarse el nombre de la compañía y del dueño de la nave, su nacionalidad y domicilio.
    Certificado de arqueo y demás documentos de la nave que sirvan para comprobar todas las características y especificaciones de la misma.
  • Señalar las especies marinas que capturará la nave y las coordenadas del área donde realizará las faenas.
    Señalar los métodos y artes de pesca que utilizará la nave al efectuar sus actividades de pesca y/o sus características de almacenamiento y proceso.
  • Designar los puertos y áreas en las que la nave realizará las operaciones de desembarque o el transbordo de sus capturas.
  • Sistema de monitoreo satelital instalado.
  • Otros requisitos establecidos en la Resolución No. 1791 de 20 de diciembre de 2001 y los Convenios Internacionales suscritos y ratificados por la República de Panamá de ordenación pesquera, según sea el caso.

Renovacion:
La renovación es para naves que ya hayan obtenido la licencia de pesca internacional con anterioridad.
Para la renovación se deben entregar la misma documentación enumerada para naves que solicitan por primera vez.

LUGAR DE EXPEDICION:
Dirección de Ordenación y Manejo Integral.

COSTOS: (Pagaderos a favor de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá)

  • Naves hasta 2000 TRB = B/.3,000.00.
  • Naves mayores de 2000 TRB = B/.5,000.00

HORARIO DE ATENCIÓN:
8:30 a.m. a 4:30 p.m. de lunes a viernes

INFRACCIÓN: Artículo 297 del Código Fiscal, Decreto Ejecutivo No. 49 del 13 de noviembre de 1994 y otras aplicables según el tipo de especie o medida de ordenación infringida.

FUNDAMENTO LEGAL: Decreto Ejecutivo No. 49 de 13 noviembre 1997.
Observación especial: Cualquier información no contemplada deberá ser consulta en la Dirección General respectiva.