Inicia primer Periodo de Veda del Camarón 2017
La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), de acuerdo al Decreto Ejecutivo No. 158 de 31 de diciembre de 2003, anuncia el inicio del Primer Periodo de Veda del Camarón para el año 2017. Durante este periodo queda terminantemente prohibida la captura de camarones marinos de cualquier especie en toda la República de Panamá.
El periodo de Veda abarca todo el país, por mar, tierra y Puertos de desembarque; se da con la intensión de que la especie pueda reproducirse y alcanzar el tamaño y tiempo de vida apropiado para su captura. En el caso del camarón, las vedas son necesarias pues de este periodo depende toda la cadena económica y de comercialización que de ahí se deriva.
En dicho periodo existen las siguientes prohibiciones:
- Captura de Camarón de mar
- Comercializar Camarones (mar y de cultivo) sin el Certificado de Inspección Ocular.
- Transportar camarones (mar y de cultivo) sin el respectivo Salvoconducto, expedido por la ARAP. Esto incluye el transporte de naupilos y postlarvas.
La Autoridad expide un Certificado de Inspección Ocular para la venta, posesión o depósito de toda clase de camarón. Establecimientos, personas naturales o jurídicas, que comercialice o procese camarones (hoteles, restaurantes, plantas procesadoras, fincas camaroneras y centros de producción larvaria de camarones, entre otros), deben obtener este Certificado, que los autoriza para tales fines durante la veda.
Del 15 al 31 de enero del presente año, se recibieron las solicitudes de Inspección Ocular, en las Oficinas de la ARAP a nivel nacional o en línea, a través de la página web: www.arap.gob.pa. Inspectores de la ARAP, una vez realizado el inventario en el establecimiento, harán entrega de este Certificado.
A la fecha, sólo en la provincia de Panamá, se han recibido 710 solicitudes de Inspección Ocular.
La ARAP reitera a los establecimientos comerciales, fincas camaroneras, centros de producción larvaria de camarones, personas naturales o jurídicas que comercialicen camarones durante este periodo de veda, que no solicitaron la Inspección Ocular hasta el 31 de enero de 2017, se les cobrará a partir del 1 al 7 de febrero (días hábiles) en concepto de multa B/ 50.00. No se aceptarán
solicitudes de Inspección Ocular a partir del día 8 de febrero de 2017 (Resolución J.D. No. 1 de 26 de febrero de 2008).
Al momento de realizar una inspección y se encuentre producto no declarado se procede al decomiso, inmediatamente se da la apertura de un proceso administrativo sancionatorio y al final se impone una multa que corresponde al doble del valor comercial del producto decomisado. El producto decomisado no se devuelve.
Según datos proporcionados por la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control de la ARAP, para el año 2016, se recaudó un monto promedio de B/. 13,000 producto de los decomisos efectuados y posteriores subastas.
Durante la jornada informativa y de docencia que realizó la ARAP, la mañana de este miércoles 1 de febrero en las inmediaciones del Mercado del Marisco, en el marco del inicio de Veda, la Autoridad brindó información al público sobre el consumo de otras especies acuícolas y pesqueras como alternativa para que de esta manera no se desmejore la entrada económica de quienes se dediquen a la actividad. La información fue brindada por funcionarios de la Dirección General de Fomento a la Productividad y Asistencia Técnica.
Este primer Periodo de Veda de Camarón es el más largo del año, con una duración de setenta días (70). El segundo Periodo de Veda de Camarón 2017 se desarrolla del 1 de Septiembre al 11 de Octubre.