1. Entregar en Ventanilla Única de la ARAP, solicitud en el formulario correspondiente, o presentar solicitud escrita en papel simple dirigido a la Dirección de Administración y Finanzas.
2. En el caso de que se presente una solicitud escrita en papel simple se debe incluir la siguiente información:
- El nombre o la razón social a quien se le expedirá el Paz y Salvo, se trate de persona natural o jurídica, local comercial o motonave.
- Número de cédula (CIP) o del Registro Único de Contribuyente (RUC) de quien será beneficiario del Paz y Salvo.
- Domicilio completo de quien firma la solicitud.
- Número telefónico (fijo, celular o ambos).
3. La solicitud debe estar firmada y acompañada de una copia de la cédula de quien firma la misma se trate de persona natural, o del representante legal del beneficiario del Paz y Salvo.
4. Cancelar en Tesorería al momento de retirar el Paz y Salvo, la suma de B/ 2.00 (Dos Balboas solamente). Fundamento Legal: Resolución J.D. No.002, de 14 de diciembre de 2017, por la cual se aprueban algunas tasas, multas y derechos por servicios que presta la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá».
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Para descargar los requisitos para solicitar Paz y Salvo de la ARAP:
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